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Finanzas

Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero: Coopeservidores es inviable

Se ha presentado una estrategia de resolución. La situación financiera de Coopeservidores R.L. ha continuado deteriorándose en los primeros meses del año.

2024-06-24

Por revistaeyn.com

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) de Costa Rica acordó la resolución de Coopeservidores R.L. La decisión llega tras conocer un informe del interventor asignado al caso Marco Hernández Ávila.

La entidad de ahorro y crédito tica está intervenida desde el 13 de mayo anterior.

Hernández decidió recomendar el mecanismo de resolución para Coopeservidores. Este permitiría el cese ordenado de operaciones de la cooperativa porque se considera financieramente inviable a la entidad.

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“La entidad no cumple con los requisitos de solvencia y no se prevé que cuente con ellos a futuro”, dijo la presidenta del Conassif, Laura Suárez.

"Se ha presentado estrategia de resolución de la cooperativa. Se espera un proceso de resolución que evite largos procesos", agregó.

SITUACIÓN FINANCIERA COMPLICADA

En los primeros cinco meses de este año, la situación financiera de Coopeservidores R.L. ha continuado deteriorándose.

Según información publicada por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), las pérdidas de la cooperativa a mayo se ubicaron en ¢30.586 millones (colones) debido al mayor deterioro de su cartera de crédito y al aumento de la morosidad, que es mayor al 9 %, mucho más de lo autorizado a las entidades financieras reguladas.

Al cierre de diciembre de 2023, Coopeservidores presentó pérdidas por la suma de ¢26.975 millones (colones).

Cuando el interventor tomó el control de Coopeservidores, un día después de la decisión del Conassif, “congeló” ¢509.984 millones (colones) en ahorros depositados en esa entidad.

¿QUÉ ES LO QUE SE ESPERA?

La Ley de Creación del Fondo de Garantía y Depósitos y de Mecanismos de Resolución de los Intermediarios Financieros señala que este proceso puede seguir por medio de dos vías. Uno de ellos es usar los mecanismos de resolución y liquidación de la entidad de ahorro y crédito. Otro es el pago de la garantía de depósitos.

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Según la normativa, el objetivo de este segundo escenario es pagar las obligaciones de la cooperativa con los ahorrantes, los inversionistas y los empleados.

Esa ley autoriza la aplicación del Fondo de Garantía de Depósitos, en caso de ser necesario, que garantiza hasta ¢6 millones (colones) de los depósitos de las personas físicas y jurídicas en las cuentas que mantienen en 41 entidades registradas y supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).

Con información de CRHoy.com


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