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Guatemala: Gobierno decreta estado de calamidad por lluvias

El estado de calamidad tiene vigencia inmediata, pero el Congreso de la República deberá conocer el decreto emitido por el presidente Arévalo. Lo puede ratificar, modificar o decretarlo improcedente.

2024-07-08

Por revistaeyn.com

El presidente de Guatemala, Bernardo Arévalo, emitió un estado de calamidad (por 30 días) por lluvias en el país. La noticia se dio a conocer la mañana de este 8 de julio.

El Gobierno publicó este lunes, a través del Diario de Centro América (DCA), el Acuerdo Gubernativo número 2-2024 con el que se decretó estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional.

Ahora, el Congreso de la República deberá conocer el decreto emitido.

La medida llega tras conocer que la temporada de lluvia 2024 ha dejado más de cuatro millones de personas afectadas en Guatemala.

Según el artículo 2 de este Acuerdo Gubernativo, el estado de Calamidad fue declarado por los altos índices de acumulación de lluvia y saturación de suelos en el país que aumentan el riesgo de desastres naturales.

La decisión de la gestió Arévalo tiene como base informes detallados del Instituto Nacional de Sismología, Vulcanología, Meteorología e Hidrología (Insivumeh) y de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred).

¿QUPE ACCIONES SE PUEDEN HACER EN EL ESTADO DE CALAMIDAD?

El artículo 5 de la normativa emitida detalló que se podrán implementar las siguientes medidas, en casos estrictamente necesarios y de carácter de urgencia:

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-Limitar el derecho de libre locomoción

-Ordenar la evacuación de los habitantes de las regiones afectadas o de peligro

-Implementar todas las acciones a nivel nacional, regional, departamental, municipal y local

-Realizar todas las acciones que permitan la atención inmediata de la población afectada

-Realizar las acciones que tiendan a dejar libre acceso vial a la población en las zonas afectadas Ordenar a los servidores públicas de las dependencias que integran el Organismo Ejecutivo que presenten el auxilio y cooperación indispensable

-Ordenar a las autoridades civiles y militares para que bajo la coordinación de la Conred adopten medidas necesarias para proteger la vida de los ciudadanos

-Entre tanto, el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) llevará a cabo todas las acciones necesarias para atender la circulación vial de todas las personas en las zonas afectadas.

-Autoriza al CIV, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) y a la Conred para adquirir los bienes y suministros necesarios, así como ejecutar las obras pertinentes para atender solucionar y mitigar los daños a la población e infraestructura afectada por las lluvias. Sin embargo, estas acciones deberán publicarse en las plataformas habilitadas para tal efecto.

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